| Conozca la nueva era para el desarrollo de Bogotá: POZ Norte |
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| Lunes, 08 de Febrero de 2010 08:59 | ||||||
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El Plan Zonal del Norte es una realidad. La Secretaría de Planeación Distrital emitió el siguiente comunicado de prensa con información sobre las características y definiciones de la nueva herramienta para el desarrollo urbano de la capital colombiana.
Objetivos generales. El POZ Norte tiene como objetivos generales entre otros:
1. Establecer un marco normativo que contenga directrices urbanísticas que desarrollen lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial.
2. Velar por la sostenibilidad ambiental de la zona, de manera que se integre a otros componentes territoriales como la futura Reserva Forestal Regional Borde Norte, la Unidad de Planeamiento Rural de la Zona Norte, la Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá (cerros orientales) y en general la región.
3. Mantener, preservar y recuperar los elementos de la Estructura Ecológica Principal, con el fin de garantizar la sostenibilidad ambiental de la zona e incidir positivamente en la sostenibilidad ambiental de la ciudad y la región.
4. Desarrollar un modelo urbano a partir del respeto de los elementos de la Estructura Ecológica Principal existentes en el área, la implementación de la malla vial requerida para garantizar la movilidad, la dotación de la infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos, la generación de espacio público acorde con la población que ocupe esta área.
5. Generar una forma de ocupación que evite la conurbación de la ciudad con los municipios vecinos, mediante la protección, recuperación y mantenimiento del borde de la cuenca del río Bogotá, los cerros orientales y las zonas rurales del norte.
6. Establecer las bases para un modelo de gestión que permita la realización efectiva de las acciones previstas en el presente decreto de la forma más eficiente, coordinada y ágil posible, involucrando en ello la iniciativa privada y la capacidad de control público Referente a la expedición del Plan Zonal del Norte el Alcalde Mayor de la ciudad, Samuel Moreno Rojas, afirmó que las obras de infraestructura (vías y alcantarillado) que se necesiten para desarrollar el Plan serán financiado por vlos beneficiarios.
Sobre la provisión de vivienda de interés social y prioritario -VIS Y VIP - en el sector, el burgomaestre informó que el Decreto 043 de 2010 establece obligaciones que superan los mínimos legales y que de las 466 hectáreas desarrollables en el norte, al menos 116 hectáreas serán destinadas para VIS y alrededor de 156 hectáreas para VIP.
Igualmente, el alcalde destacó la propuesta ambiental que contempla la reglamentación del POZ Norte al afirmar que es ambientalmente sostenible y garantiza la preservación de la estructura ecológica principal, a través de la interrelación o conexión entre la futura reserva ambiental del norte y los cerros orientales mediante cinco franjas con diferentes niveles de conservación. “Es una propuesta que no compite y respeta las normas nacionales”, puntualizó Moreno Rojas.
Así mismo, destacó que después de siete años en la ciudad se cuenta con unas reglas de juego claras que le permitan a Bogotá tener posibilidades de desarrollar ordenadamente un suelo urbanizable, proveer suelo para vivienda de estratos bajos y proteger la estructura ecológica principal. Finalmente, destacó que "la reglamentación del POZ Norte tiene equidad social, es financieramente viable y cuenta con una gestión e implementación real".
Hacia un desarrollo integral en el norte
El POZ Norte permitirá la adopción de 18 planes parciales, los cuales garantizarán un territorio con desarrollo integral. A través de estos planes parciales se generarán 37 hectáreas de suelo para dotacionales públicos y 79 hectáreas para nuevos parques y espacio público.
Bogotá cuenta con 163.660 hectáreas, de las cuales, el POZ Norte tiene 2.014 hectáreas y son sólo desarrollables 466, es decir, que el POZ Norte representa el 1,2% del área urbana de Bogotá.
Las vías en el POZ Norte organizarán la entrada y salida de la capital
Malla vial arterial. Las vías de la malla vial arterial, incluidas en el ámbito del POZ Norte, se encuentran señaladas en el Plano No. 6 que hace parte del presente decreto son: Avenida Longitudinal de Occidente, Avenida Paseo Los Libertadores, Avenida San José, Avenida Laureano Gómez, Avenida Guaymaral, Avenida Alberto Lleras Camargo, Avenida Jorge Uribe Botero (Avenida Tibabita – Límite sur POZ Norte), Avenida San Antonio, Avenida Santa Bárbara, Avenida Tibabita, Avenida Boyacá (Avenida San José hasta Avenida Polo), Avenida El Polo (Incluye ancho de las líneas de alta y media tensión), Avenida Las Villas (Avenida Arrayanes - Límite sur POZ Norte,) Avenida Los Arrayanes, Avenida Low Murtra (Avenida Polo – Avenida Jardín)
Malla vial intermedia. Las vías de la malla vial intermedia son: Avenida Ciudad de Cali (Avenida Guaymaral - Limite norte POZ), Avenida Jorge Uribe Botero (Avenida Tibabita – Avenida El Polo), Avenida El Jardín, Avenida Las Villas (Avenida Arrayanes – Avenida Jardín), Avenida Low Murtra (Avenida Jardín – Avenida ALO)
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| Actualizado ( Jueves, 11 de Febrero de 2010 11:57 ) |




El área del POZ Norte limita por el norte con el municipio de Chía y perímetro urbano del Distrito Capital; por el oriente con el perímetro urbano del Distrito Capital y la Reserva Forestal Protectora Bosque Oriental de Bogotá; por el sur con las unidades de planeamiento zonal Britalia, Casablanca Suba, San José de Bavaria, y las Calles 191, 189 y 193; por el occidente, con la Unidad de Planeamiento Rural de la Zona Norte y el perímetro urbano.